Con el fin de establecer piso parejo en el cobro de las contribuciones y brindar certidumbre jurídica a los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer los criterios de programación de auditorías.
Indicadores de riesgo
La autoridad fiscal sólo audita a los contribuyentes que son identificados con conductas de alto riesgo para dejar de pagar impuestos, dejar de enterar retenciones o tratar de obtener saldos a favor ilegales, entre otras, en los siguientes supuestos:
- Celebran operaciones con factureras o nomineras
- Presentan pérdidas fiscales recurrentes
- Simulan o abusan de deducciones
- Obtienen ingresos que no son declarados
- Abusan de estímulos fiscales
- Presentan inconsistencias entre lo que importan o compran y lo que venden
- Importan productos con precios por debajo del mercado, e incumplen con regulaciones o restricciones no arancelarias
- No pagan retenciones por sus empleados
- Realizan operaciones con paraísos fiscales
- Solicitan devoluciones improcedentes
- Pagan menos impuestos en tasa efectiva comparado con su sector
Criterios de selección y número de auditorías
A partir de la identificación de dichas conductas se prioriza el inicio de auditorías a los contribuyentes que presentan mayores calificaciones de riesgo. Para 2026 se considerará abrir el siguiente número de auditorías de acuerdo con el padrón auditable correspondiente:

Estos mecanismos de auditoría rigurosos en apego a la ley buscan combatir la evasión y la elusión fiscal. (DFD)